Declaración de la Comisión Diocesana de Bioética del Obispado Castrense de Argentina

8 marzo, 2020

 

Como Comisión Diocesana de Bioética del Obispado Castrense de Argentina asumimos el desafío que nos ha confiado nuestro Obispo, Mons. Santiago Olivera, para que ayudemos a los fieles de nuestra Diócesis a profundizar en la reflexión y la formación concernientes a un tema tan sensible como es el de la vida humana. Vivimos en una cultura donde parece haberse oscurecido el valor de la vida y de la dignidad de la persona, al punto que quienes militan a favor del aborto no siempre son conscientes de lo que está en juego. Por este motivo, esta Comisión quiere hacer su aporte desde el conocimiento que nos ofrece la ciencia y la Bioética.

DECLARACIÓN

Ante los hechos de público conocimiento referidos al envío al Honorable Congreso de la Nación de un proyecto sobre legalización del aborto por parte del Poder Ejecutivo Nacional, la Comisión Diocesana de Bioética del Obispado Castrense de Argentina desea hacer su contribución a la reflexión y valoración de tal iniciativa.

1.- No existe ningún argumento científicamente consistente que abone la idea de que la vida no comience con la concepción. Efectivamente, con la fecundación se desencadena un proceso dinámico, continuo, auto programado, teleológicamente definido que, si no mediara una intervención externa y ajena, no puede ser interrumpido porque, de serlo, no tendría posibilidad de recomenzar. En este proceso no se producen saltos cualitativos. Por tal motivo, la expresión «interrupción voluntaria del embarazo» es errónea y debiera hablarse, en todo caso, de «supresión» voluntaria o intencional del embarazo.

2.- Desde el punto de vista científico, didáctico y/o pedagógico se conceden distintos nombres a los momentos evolutivos del producto de la concepción, pero que siempre hacen referencia a la misma entidad humana. En tal sentido, las diferentes denominaciones con que la ciencia identifica esos momentos (ej.: blastocitos, mórula, gástrula, embrión, feto) son nombres referenciados a esa misma entidad evolutiva que despliega su potencialidad de la misma manera en que lo va a hacer a lo largo de toda su existencia pre y posnatal.

3.- Asimismo, la evidencia demuestra que el ser concebido toma el comando de su propio desarrollo, crecimiento y maduración (inmanentia) al punto que el dinamismo de histocompatibilidad veta cualquier posibilidad de rechazo por parte del organismo materno, siendo gestor de ese proceso que se comanda por sí mismo (semoventia) y que evoluciona sirviéndose subsidiaria y naturalmente del organismo que lo aloja.

4.- Desde el momento mismo en que se inicia el proceso de fecundación, no existe ninguna duda razonable que nos lleve a pensar que lo que comenzó a gestarse no sea una vida y, específicamente, una vida cualitativamente humana. Asimismo, como un ser no puede engendrar a otro ser que no sea de su misma especie, resulta lógico que el ser engendrado es humano, es persona y goza de la dignidad de tal. La huella genética del nuevo ser es propia, intransferible, personalísima e inalienable; es el fruto de la recombinación del material genético de sus progenitores pero con una innovación y originalidad tal que lo hace irrepetible tanto desde el punto de vista genotípico como fenotípico.

5.- Que el ser concebido y fenomenológicamente en gestación se encuentre circunstancialmente en el cuerpo de su progenitora no lo vuelve parte de ese mismo cuerpo – y así lo demuestra la embriología y lo confirma la genética – ni tampoco le concede entidad de parásito ya que, por definición, un parásito es un organismo que se alimenta de las sustancias que elabora el huésped, el cual – también por definición – es de diferente especie. Por este motivo, el niño así concebido queda exento de la intencionalidad arbitraria de quien lo gesta, no puede ser considerado un injusto agresor ni una amenaza para la dignidad o los derechos de la madre. Por su parte, el argumento referido al peligro para la vida o la salud de la madre no debe ser considerado desde lo ideológico, ni llevado hasta los límites extremos que todo lo justifique.

6.- Que las normas positivas se resistan a concederle los derechos inherentes a su condición humana y la protección legal que le corresponde por su estatuto de persona, no legitima ética o moralmente las intervenciones que pudieran hacerse contra él. Más aún, lo que la norma positiva le suprime o aquello a lo que la legalidad lo expone, es insalvablemente injusto y profundamente discriminatorio; por ello, la eliminación arbitraria del embrión o del feto constituye una infamia, raíz y principio de toda desigualdad y consagración de la violencia impune contra el más vulnerable e indefenso. El aborto procurado es el primer atentado contra los Derechos Humanos.

7.- Una verdadera conciencia ecológica, que rescate el valor de la biodiversidad y la construcción de un medio ecológicamente amigable y sustentable, no puede desconocer la centralidad de la vida humana y de la dignidad de la persona; a ella le compete la responsabilidad de cuidar el ambiente comenzado por cuidarse y valorarse ella misma, reconociendo sus derechos sin avasallar el derecho de terceros. Suprimir la vida humana significa fragmentar la ecología atacando sus bases mismas y privándola de su finalidad.

8.- «La defensa de las dos vidas» – la de la madre y la del niño – es una premisa inclaudicable para la ciencia y para la ética. Los progresos científicos y tecnológicos y la rectitud de la reflexión ética no nos ponen ante un dilema, sino ante la oportunidad de ratificar que «toda vida vale» y que la dignidad de la vida humana nos reclama estar a la altura de su defensa incondicional. Asimismo, consideramos necesaria una educación sexual verdaderamente integral, exenta de adoctrinamientos e ideologías, centrada en la naturaleza humana, que incluya la participación activa de los padres de los niños y adolescentes, considere todas las dimensiones de la vida de la persona y esté regida por la objetividad de la verdad, el bien y la justicia. En el mismo sentido, estimamos fundamental el acompañamiento y la asistencia cualificada a la mujer embarazada, como así también una actualización de la ley de adopción más acorde a las presentes circunstancias y que tutele el derecho de los niños a tener una familia.

«¡Sí a las mujeres, sí a la vida!»

Pbro. Sergio O. Fochesato

Delegado Episcopal para la Pastoral de la Salud

Coordinador de la Comisión Diocesana de Bioética

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