Mons. Olivera convocó a la celebración del año Jubilar Castrense en el año del Señor de 2027, la noticia fue anunciada por intermedio de la lectura del Vicario General, Mons. Gustavo Acuña del Decreto OCA ° 142/23 firmado por el Obispo Castrense de Argentina, en la Iglesia Catedral Castrense, Stella Maris en la mañana del 21 de diciembre. El mismo está fechado el 8 de diciembre, Solemnidad de La Inmaculada Concepción de la Santísima Virgen María fue hecho público antes de concluir la Santa Misa de acción de Gracias por el año trabajo en la Curia Castrense.
El documento comunica que el lema Jubilar será: “70 años Sirviendo a los servidores de la Patria”, además en sus considerandos se lee: “(…) que “es el tiempo oportuno: es el día de la Salvación” (2 Cor. 6,2) y es una ocasión propicia para celebrar un Jubileo, donde, entre otras cosas, además de hacer memoria de los dones de Dios en Cristo, realizaremos en nuestro Obispado celebraciones y actos acordes en los años inmediatamente precedentes de 2024, 2025, 2026, para concluir en el 2027 con la apertura de la Puerta Santa de nuestra Catedral (…)”.
Por lo tanto, Mons. Santiago convoca, “a la celebración del año Jubilar Castrense en el año del Señor de 2027, como memoria y actualización de los dones de Dios para nuestra Iglesia Castrense, (…)”. Además, señala que, “(…) dicho año jubilar será precedido por la celebración de un triduo preparatorios de años: en año de 2024, dedicado a la FE; el año 2025, dedicado a la Esperanza y uniéndonos al Año Jubilar Internacional declarado por el Santo Padre Francisco y el año 2026, dedicado a la Caridad”. También en el decreto se lee, queen la Misa del 16 de marzo de 2024 el Obispo dará comienzo al triduo de años preparatorio al jubileo.
A continuación, compartimos en forma completa el Decreto OCA N° 142/23:
+Santiago Olivera
Por la Gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica
Obispo Castrense de la República Argentina
DECRETO OCA N° 142 / 23
VISTO 1. Que, en el año del Señor de 2027, se cumplirán 70 años de la creación del Vicariato, hoy Obispado Castrense, según estatuto equiparada a una Diócesis 2. Y que es significativo celebrar lo que dice el Salmo 66: ¡Aclame a Dios toda la tierra!¡Canten la gloria de su Nombre! Tribútenle una alabanza gloriosa”; por ello nos parece importante tributar a Dios una sincera acción de gracias caminando al año jubilar preparándonos durante los tres años previos.
CONSIDERANDO que “es el tiempo oportuno: es el día de la Salvación” (2 Cor. 6,2) y es una ocasión propicia para celebrar un Jubileo, donde, entre otras cosas, además de hacer memoria de los dones de Dios en Cristo, realizaremos en nuestro Obispado celebraciones y actos acordes en los años inmediatamente precedentes de 2024, 2025, 2026, para concluir en el 2027 con la apertura de la Puerta Santa de nuestra Catedral; en preparación que la Iglesia dispensa a sus hijos en estas ocasiones, tal como recuerda el Sumo Pontífice, Francisco “El Jubileo lleva también consigo la referencia a la indulgencia”, realizaremos celebraciones que expresen y vivan auténticos caminos de conversión y reconciliación. El lema Jubilar es: “70 años Sirviendo a los servidores de la Patria”.
EN VIRTUD de las atribuciones conferidas por el Acuerdo entre la República Argentina y la Santa Sede del 28 de junio de 1957 y del 21 de abril de 1992, los Estatutos del Obispado Castrense de Argentina de fecha 13 de noviembre de 1998 y el Reglamento Conjunto de los Capellanes de las Fuerzas Seguridad en su artículo 7º (Resolución del Ministerio de Seguridad 153/2019);
POR LAS PRESENTES LETRAS
Convoco a toda la Comunidad
1° A la celebración del año Jubilar Castrense en el año del Señor de 2027, como memoria y actualización de los dones de Dios para nuestra Iglesia Castrense, abarcando el pasado de nuestra historia, el presente y el futuro de los Dones de Dios, Señor de la Historia; 2° dicho año jubilar será precedido por la celebración de un triduo preparatorios de años: a) en año de 2024, dedicado a la FE ; b) el año 2025, dedicado a la Esperanza y uniéndonos al Año Jubilar Internacional declarado por el Santo Padre Francisco y c) el año 2026, dedicado a la Caridad, d) en la Misa del 16 de marzo de 2024 daré comienzo al triduo de años preparatorio al jubileo.
2° Ganar las indulgencias del año Jubilar y su preparación, teniendo en cuenta que la Iglesia dispensa a sus hijos en estas ocasiones gracias extraordinarias y preciosos dones, tal como recuerda el Sumo Pontífice, Francisco sobre la indulgencia “El Jubileo lleva también consigo la referencia a la indulgencia” y
3° que se realicen con dignidad las celebraciones litúrgicas a determinar en el calendario del Jubileo, así como:
4° reavivar la pastoral ordinaria de modo extraordinario en todos los ámbitos de nuestra Iglesia Castrense, jóvenes, fieles, y familias,
5° conferencias, estudios sobre espiritualidad castrense, reuniones por grupos, así como procesiones y otros eventos que nos ayuden a celebrar con espíritu jubilar este gran acontecimiento, y alcanzar todas las gracias que un jubileo supone.
COMUNÍQUESE, a través de las Capellanías Mayores para difusión y a quienes corresponda, publíquese en el Boletín Eclesiástico de este Obispado Castrense y archívese.
DADAS en la Sede Episcopal, en Santa María de los Buenos Aires, a los 8 días del mes de diciembre del Año del Señor 2023, Solemnidad de La Inmaculada Concepción de la Santísima Virgen María. –
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